Ayuntamiento de Zizur Mayor/Zizur Nagusia
Solicitar bonificación en el impuesto de contribución territorial del año 2026. Tal bonificación se aplicará únicamente a la unidad urbana de uso residencial que constituya la residencia habitual.
La bonificación, que tiene carácter rogado, sólo será aplicable para un solo bien inmueble de cada titular de este beneficio fiscal, tendrá validez únicamente en el ejercicio en que sea otorgada (ejercicio 2026)
Familias numerosas, familia monoparental o en situación de monoparentalidad y perceptores de pensiones no contributivas, de Renta Garantizada o de Ingreso Mínimo Vital.
Del 1 de enero al 31 de enero de 2026.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas.
Bonificación de vivienda que constituya el domicilio habitual de sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares familia numerosa, o de familia monoparental o en situación de monoparentalidad:
a) Solicitud firmada.
b) Certificado, título o tarjeta oficial expedido por la Administración competente en el que se acredite que, en el momento del devengo del impuesto del ejercicio, 1 de enero, el sujeto pasivo tiene la condición de titular de familia numerosa, titular de familia monoparental o en situación de monoparentalidad.
c) Fotocopia de la última declaración o declaraciones del impuesto de la renta de las personas físicas de todos los miembros que conforman la unidad familiar; o bien, certificado de la Hacienda Foral de no haberse efectuado dicha declaración, en el supuesto de que no estuviesen obligados a presentarla. En su defecto, el solicitante presentará una declaración jurada de los ingresos familiares brutos obtenidos, justificándolo documentalmente.
Bonificación de vivienda que constituya el domicilio habitual de sujetos pasivos con pensiones no contributivas, perceptores de renta garantizada o de ingreso mínimo vital:
b) Fotocopia de la última declaración o declaraciones del impuesto de la renta de las personas físicas de todos los miembros que conforman la unidad familiar; o bien, certificado de la Hacienda Foral de no haberse efectuado dicha declaración, en el supuesto de que no estuviesen obligados a presentarla. En su defecto, el solicitante presentará una declaración jurada de los ingresos familiares brutos obtenidos, justificándolo documentalmente.
Órgano de resolución: Alcalde – Presidente.